Vecinos y productores rurales de la provincia de Buenos Aires reaccionaron con malestar tras recibir boletas con una “quinta cuota” del Impuesto Inmobiliario Urbano Edificado y Rural. Se trata de un pago adicional correspondiente a 2025 para inmuebles con determinada valuación fiscal, que muchos calificaron como un aumento encubierto del tributo.
Ese “adicional” equivale, según ARBA, a una cuota completa más: representa un incremento del 20% en el Inmobiliario Urbano y del 25% en el Rural. Explicaron que, en el caso del primero, el adicional se aplica cuando la base imponible del inmueble supere los $ 31.465.000. Y en el segundo, corresponde cuando la base imponible de tierra libre de mejoras supera los $ 39.096.756.
El pago adicional impacta sobre los inmuebles de mayor valuación fiscal:
La medida fue rechazada por productores y vecinos, especialmente desde entidades rurales como CARBAP, que cuestionan:
En un comunicado enviado a la prensa días atrás, la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap) manifestó “su enérgico rechazo a la decisión del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires de aplicar, mediante el artículo 139 de la Ley Fiscal, un incremento adicional del 25% en el Impuesto Inmobiliario Rural, conocido como la ‘quinta cuota’, mediante la duplicación del valor de la cuarta cuota”.
“Esta medida es ilegal e improcedente, al adoptarse sin la aprobación del Presupuesto 2025 ni de una nueva Ley Impositiva”, consideró la entidad agropecuaria bonaerense en el escrito.
Desde ARBA aclararon que el cobro del monto adicional del Impuesto Inmobiliario surge directamente de lo establecido en la Ley Impositiva 2024 (N° 15.479), prorrogada para el ejercicio vigente.
Según explicó el organismo a Clarín, se trata de una medida focalizada, dirigida únicamente a los inmuebles de mayor valuación fiscal, y no a la totalidad del padrón. En el caso del Inmobiliario Urbano Edificado, el adicional sólo se aplica a propiedades con una base imponible superior a $31.465.000, mientras que, en el Inmobiliario Rural, alcanza a partidas cuya valuación libre de mejoras supera los $39.096.756.
ARBA enfatizó que este monto adicional se liquida junto con la última cuota del impuesto y mantiene todas las bonificaciones vigentes para contribuyentes cumplidores. Quienes están adheridos al débito automático continúan accediendo a descuentos de hasta el 10%, y quienes optaron por el pago anual conservan la bonificación correspondiente, que también se extiende al adicional. Además, el organismo habilitó en su sitio web una consulta online, denominada “Consulta Inmobiliario Adicional”, que permite verificar de manera individual si cada partida —urbana o rural— deberá abonar el monto extra.
De acuerdo a los datos de ARBA, el alcance real de la medida es reducido. En Urbano Edificado, el adicional recae sobre el 8,72% de las partidas —unas 465.338 de un total de más de 5,3 millones—. En Rural, llega al 12,01%, equivalente a 37.433 parcelas sobre un padrón de 311.635. Además, el organismo detalló que existen topes definidos por ley: en el Inmobiliario Urbano Edificado el aumento no puede exceder el 20% del impuesto anual, mientras que en el Rural (básico y complementario) el límite es del 25%. Estos límites, señalan, garantizan previsibilidad y restringen el impacto a los segmentos de mayor valuación.
ARBA también aclaró que los productores alcanzados por exenciones por emergencia o desastre agropecuario verán aplicado un descuento proporcional sobre la cuota adicional. Ese beneficio se calculará según el porcentaje y el período que establezca el decreto correspondiente, por lo que quienes ya cuentan con alivio fiscal seguirán teniéndolo también sobre el adicional.
En cuanto al origen político del tributo extra, la agencia recordó que la cuota adicional no formaba parte del proyecto original del Ejecutivo provincial, sino que se incorporó en 2024 durante la negociación legislativa con distintas fuerzas políticas. Tampoco estaba incluida en la Ley Impositiva 2025 —que no llegó a aprobarse— ni en el proyecto 2026 actualmente en debate. “ARBA ejecuta lo sancionado por la Legislatura: no tiene facultades para modificar lo que establece la ley”, subrayaron desde el organismo, en respuesta a los cuestionamientos.